Darse de alta como autónomo en España requiere realizar trámites ante dos organismos: la Agencia Tributaria (Hacienda) y la Tesorería General de la Seguridad Social. El proceso es más sencillo de lo que parece si sigues los pasos en orden.
📌 Importante: Debes darte de alta antes de comenzar tu actividad o el mismo día. Hacerlo después puede acarrear sanciones de Hacienda.
Paso 1 — Alta en Hacienda (Modelo 036 o 037)
El primer paso es comunicar a la Agencia Tributaria que vas a iniciar una actividad económica. Tienes dos opciones:
- Modelo 037: versión simplificada para la mayoría de autónomos. Es la opción recomendada si empiezas.
- Modelo 036: versión completa. Necesaria si tienes operaciones intracomunitarias o situaciones especiales.
Puedes presentarlo online con certificado digital o Cl@ve PIN en la sede electrónica de la AEAT, o presencialmente en tu delegación de Hacienda.
Qué necesitas indicar
- Epígrafe del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) que corresponde a tu actividad
- Régimen de IVA (general, recargo de equivalencia, exento...)
- Régimen de IRPF (estimación directa simplificada en la mayoría de casos)
- Domicilio fiscal
Paso 2 — Alta en la Seguridad Social (RETA)
Una vez dado de alta en Hacienda, tienes 30 días naturales para darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Puedes hacerlo online a través del portal Import@ss de la Seguridad Social o presencialmente en tu oficina más cercana.
Documentación necesaria
- DNI o NIE
- Número de afiliación a la Seguridad Social (si ya lo tienes)
- Copia del modelo 036 o 037 presentado
- Datos bancarios para la domiciliación de la cuota
Paso 3 — Elegir tu base de cotización
Con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales debes estimar tus ingresos anuales para elegir el tramo de cotización correspondiente. Puedes modificarla hasta 6 veces al año.
| Trámite | Organismo | Plazo |
|---|---|---|
| Modelo 036/037 | Agencia Tributaria | Antes de iniciar actividad |
| Alta RETA | Seguridad Social | 30 días desde inicio |
| Licencia de actividad | Ayuntamiento | Si tienes local físico |
¿Necesito gestor para darme de alta?
No es obligatorio. El alta es un trámite que puedes hacer tú mismo en menos de una hora si tienes certificado digital. Dicho esto, contar con un gestor desde el principio te evitará errores costosos en la elección de epígrafe, régimen de IVA o base de cotización.
Descubre cuánto pagarás al mes según tus ingresos reales.